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Elecciones sindicales · Mallorcair

Las elecciones, explicadas.

Esta página es del periodo electoral. La votación se celebró el 9 de septiembre de 2026: CCOO obtuvo tres de los cinco miembros del comité de empresa y UGT los otros dos. La dejamos publicada tal cual, como explicación de cómo funcionó el proceso. Lo que viene después se cuenta en Avances.

Qué son las elecciones que acaban de empezar en la empresa, qué se vota, cuándo y qué tienes que hacer tú. Léelo con calma: son cinco minutos y afecta a tus condiciones de trabajo durante los próximos cuatro años.

5representantes a elegir
4años de mandato
1colegio único: votamos todos juntos
SEPTvotación: primeros días de septiembre

¿Qué está pasando?

Vamos a elegir, por votación y en secreto, a las personas que nos van a representar a todos ante la empresa. Ese grupo de personas se llama comité de empresa.

El proceso ya está en marcha oficialmente. Se registró ante el Govern de les Illes Balears el 10 de julio de 2026 y arrancó el 10 de agosto de 2026.

¿Y eso para qué sirve?

Ahora mismo, cuando la empresa toma una decisión que nos afecta, cada uno va por su cuenta. Con un comité, hay un interlocutor con derechos reconocidos por ley. En concreto, un comité de empresa puede:

¿A cuántas personas elegimos?

Somos 62 trabajadores en el centro. La ley dice que de 50 a 100 personas se eligen 5 representantes. Su mandato dura 4 años.

Una sola urna para todos

La mesa electoral ha confirmado un único colegio electoral: un solo censo, una sola urna y una sola elección. Rampa, filtro, mostrador y oficinas votamos juntos, y todos votamos a las mismas listas.

Lo único que tienes que vigilar: que apareces en el censo del tablón y que tus datos son correctos. Si el censo está mal hecho, cambia el resultado de las elecciones. Se puede reclamar por escrito, pero solo en los primeros días (mira el calendario).

¿Cómo se vota exactamente?

Calendario aproximado

10 agostoSe constituye la mesa electoral y se publica el censo (la lista de quién puede votar).
11–13 agostoPlazo para reclamar si hay errores en el censo. Mira el tablón y comprueba tu nombre y tus datos.
14–17 agostoLa mesa resuelve las reclamaciones y publica el censo definitivo.
17–26 agostoPlazo para presentar candidaturas.
27–28 agostoSe proclaman las candidaturas admitidas.
29 ago – 1 septCampaña. Cada lista explica su propuesta.
Primeros de sept.Votación, recuento público y proclamación de electos.

Las fechas exactas las fija la mesa electoral y se publican en el tablón de anuncios. Las de esta tabla son la previsión según los plazos legales. Consulta el tablón.

Qué tienes que hacer tú (tres cosas)

  1. Mira el censo en el tablón. Comprueba que apareces y que tus datos son correctos. Si algo está mal, hay que reclamarlo por escrito a la mesa electoral en los primeros días. Después ya no se puede.
  2. Decide si te quieres presentar. Puede presentarse cualquiera que tenga 18 años cumplidos y al menos 6 meses de antigüedad en la empresa. No hace falta ser de ningún sindicato ni tener experiencia previa. Si te lo estás pensando, pregunta sin compromiso.
  3. Asegúrate de poder votar el día de la votación. Se vota en el centro de trabajo y dentro de la jornada laboral. Si ese día libras, estás de vacaciones o de baja, puedes votar por correo, pero hay que solicitarlo con antelación: como muy tarde 5 días antes de la votación. Avísanos y te explicamos cómo.

Preguntas rápidas

¿Me puede pasar algo por presentarme o por votar?
No. Participar en unas elecciones sindicales es un derecho reconocido en la Constitución y en el Estatuto de los Trabajadores. Cualquier represalia por presentarse, votar o hacer campaña es ilegal y se puede impugnar. Si notas presiones de cualquier tipo, dínoslo.
¿Tengo que votar en mi tiempo libre?
No. La votación se hace en el centro y durante la jornada. La empresa está obligada a facilitar los medios y el tiempo para votar.
¿Sabrá alguien lo que he votado?
No. El voto es secreto: sobre cerrado, urna cerrada y recuento en público sin identificar a nadie.
¿Y si no quiero saber nada?
Estás en tu derecho de no votar. Pero el comité que salga te va a representar igualmente durante 4 años, votes o no. Cuanta menos gente vote, menos fuerza tiene la representación frente a la empresa.
¿Dudas? Escribe al buzónMás preguntas frecuentes

Información de carácter divulgativo. Resume el procedimiento de los artículos 62 a 76 del Estatuto de los Trabajadores y del RD 1844/1994. Toda la documentación oficial del proceso está publicada en el tablón de anuncios del centro y en la Oficina Pública de Registre d'Eleccions Sindicals (Plaça de Son Castelló 1, Palma · 971 17 89 00).